COMPONENTES

ELISA DEL AMO JEREZ
SILVIA ENGRA ROSELL
MARIA DOLORES TÉBAR DOCÓN

jueves, 4 de octubre de 2012

Bibliografía 3


MIGUEL ÁNGEL CARPIO MORENO

Nueva ley de jubilaciones que entrará en vigor en 2013. [en línea] 2011 Agosto 9 [fecha de acceso 4 de octubre de 2012]; URL disponible en:                                

Ley 27/2011 de 1 de Agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. (Boletín Oficial del Estado, número 184, de 02-08-11). URL disponible en: http://www.boe.es/boe/dias/2011/08/02/pdfs/BOE-A-2011-13242.pdf

Tenía cierto desconocimiento acerca de los cambios venideros sobre la jubilación, las pensiones y demás prestaciones a las personas que pasarán a ese período de vida, por ello elegí esta noticia, que complemento con un enlace al BOE del Martes 2 de Agosto de 2011, acerca de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. De esta manera trato de ayudar a comprender dichos cambios ya que tendrán gran repercusión en las próximas generaciones.
La siguiente noticia no es más que un amplio resumen acerca de cómo está la situación actual y los cambios oportunos que se realizarán y que se llevarán a cabo a partir de 2013.


Nueva ley de jubilaciones que entrará en vigor en 2013

La nueva ley de jubilaciones entrará en vigor a partir del 2013. La introducción de esta ley se hará de forma progresiva con un periodo transitorio de hasta el año 2027.
Para entonces se fijará la edad de 67 años para la jubilación, aunque existen excepciones, el cómputo de los últimos 25 años de cotizaciones para calcular la pensión de jubilación y la doble posibilidad de prejubilación a los 61 o 63 años de edad son alguno de los cambios más importantes.

Edad de jubilación
Derecho a una pensión de jubilación
Cuantía de la pensión de jubilación
  • Se utilizará la media de las cotizaciones de los últimos 25 años, y no tiene menor peso cuanto más años se cotiza hasta llegar los 37 años (jubilación a los 67) / 38,5 años (jubilación de los 65) para cobrar el 100%.
Prejublaciones o jubilación anticipada
2 modalidades de prejubilación:
Régimen transitorio
Algunos puntos de la nueva ley de pensiones entrará de forma progresiva a lo largo de ciertos años:
  • El retraso de la edad de jubilación se hará de forma progresiva desde el 2013 hasta el 2027.
  • Los 38,5 años que se requiere para jubilarse a los 65 años se hará de forma pregresiva desde los 35 años actuales desde el 2013, hasta 2025.
  • El computo de los 25 años de cotizaciones para el cálculo de la pensión se hará de forma progresiva, aunque se puede aplicar la media de los 20 años o 25 años antes de terminar el periodo transitorio si es beneficioso para el trabajador.